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Espacio pro >> Asociación >> la Responsabilidad de la Asociación y sus Dirigentes

La Responsabilidad de la Asociación y sus Dirigentes


Crear a una asociación y en consecuencia adaptar, en los estatutos, las normas de la ley 1901 les obliga a aplicar la ley hay. La asociación es una persona jurídica. Es pues responsable, como persona jurídica, cortés y penalmente faltas y daños que comete.

A nivel penal
Una falta criminal es una infracción (homicidio involuntario, alcanzada a la dignidad, crímenes y delitos contra los bienes, desvío, falsificación). Es cometida por uno de los miembros de la asociación, que sea voluntaria o no. Es necesario pues determinar si es la responsabilidad de la asociación en tanto sabida persona jurídica o la del miembro como persona física se compromete que.
Si la falta o el daño fueron causados por una decisión colegial de la asamblea general o por un miembro pero con el fin de servir la asociación, es la responsabilidad penal de la asociación se compromete que.
Si un miembro causó esta falta con el fin de un beneficio personal, es su responsabilidad penal como persona individual se compromete que. Es necesario tener en cuenta bien que la responsabilidad es acumulativa. La falta criminal es obligada de una multa que puede ser hasta cinco veces superior a la prevista para la misma infracción cometida por una persona física. Sabe que los riesgos no están cubiertos por los seguros.

A nivel civil
La responsabilidad civil de la asociación se genera cuando se causó un daño a otros y que deben reparar le.
Al contrario de la responsabilidad penal que so'lo tiene en cuenta el aspecto jurídico, la responsabilidad civil tiene en cuenta los daños causados, que sean físico, materiales o morales. Por el contrario, una infracción (una falta criminal pues) necesariamente no es contratada por la responsabilidad civil. Es necesario, en cuanto a responsabilidad civil, distinguir la responsabilidad contractual y la responsabilidad criminal. La primera es el incumplimiento de una obligación nacida de un contrato (firmado o tácito) mientras que el segundo nace por el hecho del incumplimiento a un compromiso.
Esta distinción es importante para el Reglamento del litigio. En materia criminal, la falta deberá repararse en su integralidad y volverse en el estado anterior el perjuicio. En materia contractual, solamente los daños previsibles en la firma del contrato deben repararse. La responsabilidad civil de la asociación como persona jurídica se compromete si las decisiones son tomadas por el consejo de administración, por la oficina o en un incumplimiento a una obligación de carácter general en cuanto a la seguridad de las personas que duran de las actividades o manifestaciones.
La responsabilidad civil personal de los dirigentes puede ser contratada en caso de incumplimiento de las normas estatuarias, del rebasamiento de sus funciones, de daños causados por un tercero o en una rectificación o de una liquidación judicial, si una a falta de gerencia o se constata un négligeance de obligación en calidad de gerente. Sabe que algunos daños pueden estar cubiertos por un seguro.

A nivel financiero
Como persona jurídica, una asociación tiene obligaciones financieras definidas por el marco de sus actividades. Que los dirigentes actúan o no para la asociación, es ella que es responsable de los compromisos financieros. Por el contrario, si se establece que hay a falta de gestión, es la responsabilidad del dirigente que se genera. Este último puede obligarse a regular las deudas de la asociación sobre sus bienes personal.

Régimen jurídico de la asociación
La asociación es una persona jurídica de derecho privada. Los litigios están incluidos en la jurisdicción judicial excepto para los litigios referentes a una acta comercial (tribunal de comercio) o para los litigios entre una asociación y una colectividad pública (jurisdicción administrativa).




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